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Artículo 11

Son Funciones De La Subdirección Financiera:

Decreto 2409 de 1989 · DECRETO 2409 DE 1989, 20/10/1989, Por el cual se modifica la estructura orgánica de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Subdirección Financiera

a)

Asesorar al Director General en la formulación de políticas y planes de acción propios de la Dirección y asistirlo en las funciones que éste le asigne o delegue;

b)

Coordinar con las respectivas dependencias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y con los demás organismos y entidades oficiales los aspectos relacionados con la programación financiera y el desarrollo del programa anual mensualizado de caja;

c)

Conceptuar previamente sobre la celebración de Convenios Interadministrativos con el sistema bancario para desarrollar los pagos de la Dirección General de Tesorería y para el recaudo de los ingresos de la Nación incorporados en el presupuesto general de la Nación;

d)

Coordinar con las Direcciones Generales de Impuestos Nacionales y de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el diseño de los calendarios tributarios para la cabal ejecución del programa anual de caja;

e)

Adelantar los trámites y procedimientos pertinentes para comprar o vender en el país y en el exterior Títulos del Gobierno o de la Dirección General de Tesorería, previo concepto de la Dirección General de Crédito Público, a los particulares y a las entidades bancarias o financieras;

f)

Dirigir e informar al Director General los estudios requeridos para el correspondiente trámite ante el CONFIS en relación con la realización de inversiones financieras con recursos del Tesoro Nacional y con la colocación de los Títulos de Tesorería o del Gobierno;

g)

Asesorar al Director General sobre la utilización del Cupo Especial de Crédito con el Banco de la República, de acuerdo con los requerimientos del programa anual de caja y adelantar las gestiones pertinentes para la obtención de estos recursos;

h)

Dirigir y coordinar con las demás dependencias, la elaboración del Informe de Tesorería General;

i)

Las demás que se le asignen de conformidad con la naturaleza de la dependencia. DIVISION DE PROGRAMACION Y EVALUACION

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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