ARTICULO 51 . RECLAMOS. Es la manifestación de inconformidad del evaluado por
1.
Desacuerdo con las anotaciones en el formulario No. 2, "De seguimiento".
2.
Desacuerdo con las anotaciones del revisado en el formulario No. 3, "Registro de Datos y Hechos".
3.
Desacuerdo con la evaluación y/o con la clasificación anual.