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Artículo 12

Decreto 985 de 1991 · por el cual se introducen modificaciones en el régimen de pensiones e indemnizaciones para la Empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia en liquidación.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las disposiciones de los Decretos 1586 de 1989 y 1590 de 1989 se aplicarán en lo que no fueren contrarias a las normas aquí establecidas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 985 de 1991