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Artículo 19

Decreto 2001 de 1988 · DECRETO 2001 DE 1988, 28/09/1988, Por el cual se reglamenta el inciso final dela artículo 29,el inciso 3° y el parágrafo 1° del artículo 94 de la ley 135 de 1961 en lo relativo a la constitución de Resguardos Indígenas en el territorio nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DISTRIBUCION DE LAS TIERRAS DE RESGUARDOS. Los terrenos de los resguardos indígenas serán administrados y distribuidos por el cabildo de la comunidad beneficiaria, de manera equitativa entre todas las familias que la conforman de acuerdo a las normas que regulen la materia y a sus usos y costumbres.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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