El Tribunal Disciplinario conoce de los procesos, así: EN UNICA INSTANCIA
De los adelantados contra magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, en cuanto no constituyan juicios de responsabilidad de competencia del Senado de la República.
De los adelantados contra los fiscales del Consejo de Estado y de los tribunales. EN SEGUNDA INSTANCIA. De los resueltos por el Procurador General de la Nación contra los fiscales de juzgados.