JurídicoESEN

Artículo 221

Decreto 2655 de 1988 · DECRETO 2655 DE 1988, 23/12/1988, Por el cual se expide el Código de Minas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

REGALIAS POR LAS EXPLOTACIONES DE NIQUEL EN CERROMATOSO. Cédese a la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, el valor de las regalías que le correspondan a la Nación por concepto de las explotaciones de la mina de "Cerromatoso", Municipio de Montelíbano. La Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge C.V.S., asignará y entregará prioritariamente de cada uno de los valores que reciba por concepto, de estas regalías a los Municipios de Buenavista, Ayapel, Puerto Libertador, Planeta Rica y Pueblo Nuevo, ubicados en la zona de influencia de la mina "Cerromatoso", aportes en los porcentajes que a continuación se señalan

a)

Para el Municipio de Monte Líbano 20%

b)

Para el Municipio de Ayapel 5%

c)

Para el Municipio de Puerto Libertador 4 %

d)

Para el Municipio de Planeta Rica 4 %

e)

Para el Municipio de Pueblo Nuevo 4%

f)

Para el Municipio de Buenavista 3 % Total 40% Los municipios administrarán autónomamente los recursos que reciban por concepto de los aportes aquí señalados, y no menos del ochenta y cinco por ciento (85%) del valor de los mismos deberá ser destinado a inversión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2655 de 1988