JurídicoESEN

Artículo 29

Decreto 553 de 1925 · DECRETO 553 DE 1925, 04/04/1925, Por el cual se reglamenta el procedimiento administrativo en el denuncio de bienes ocultos del Estado

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando la denuncia se refiera a derecho o participación de utilidades del Gobierno en una empresa particular por virtud de un contrato pendiente, el Ministro se abstendrá de hacerla declaración, pero oficiará al Procurador General para que proceda a hacer efectivos los derechos o participación no entregados a la Nación en conformidad con el contrato.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 553 de 1925