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Artículo 14

Decreto 1681 de 1996 · DECRETO 1681 DE 1996, 16/09/1996, por el cual se fijan los derechos por concepto del ejercicio de la función notarial y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la fiducia. En las escrituras públicas contentivas del negocio jurídico de fiducia comercial y que impliquen transferencias de bienes, se tendrá como cuantía del acto el avalúo catastral de los bienes materia del negocio, de acuerdo con la siguiente tabla

a)

Seis mil pesos ($6.000.00) por los primeros diez millones de pesos ($10.000.000.00);

b)

Aquellos cuya cuantía fuere superior a diez millones de pesos($10.000.000.00) causarán las siguientes sumas adicionales sobre el exceso: b-1 El uno punto cero por mil (1.0/1.000) cuando el acto fuere superior a diez millones de pesos ($10.000.000.00) e inferior a quinientos millones de pesos ($500.000.000.00) b.2 El cero punto siete por mil (0.7/1.000) cuando el acto fuere superior o iguala quinientos millones de pesos ($500.000.000.00) e inferior a mil millones de pesos ($1.000.000.000 00) b.3 El cero punto cinco por mil (0.5/1.000) cuando el acto fuere superior o igual a mil millones de pesos ($1.000.000.000.00).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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