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Artículo 5

Decreto 4903 de 2007 · DECRETO 4903 DE 2007, 21/12/2007, por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, “Incoder”.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los funcionarios con derechos de carrera que no sean incorporados en la planta de personal adoptada en el presente decreto podrán acogerse a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 909 de 2004, el artículo 28 del Decreto 760 de 2005 y los artículos 87 y siguientes del Decreto 1227 de 2005 y demás normas concordantes. Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual que corresponda a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca su incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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