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Artículo 5

Decreto 1336 de 2003 · DECRETO 1336 DE 2003, 27/05/2003, por el cual se modifica el régimen de Prima Técnica para los empleados públicos del Estado.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Lo dispuesto en los artículos anteriores no se aplicará

a)

A los empleados públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores que prestan sus servicios en el exterior;

b)

Al personal docente de los distintos organismos de la Rama Ejecutiva;

c)

A los empleados públicos de las entidades que tienen sistemas especiales de remuneración o de reconocimiento de primas, dentro de los cuales se recompensen pecuniariamente los factores aquí establecidos para asignar Prima Técnica;

d)

Al personal de las Fuerzas Militares y a los empleados civiles del Ministerio de Defensa Nacional;

e)

Al personal de la Policía Nacional y a los empleados civiles al servicio de la misma;

f)

A los beneficiarios de la prima técnica de que tratan los Decretos-ley 1016 y 1624 de 1991.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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