°. Objeto. El presente decreto tiene por objeto adoptar las medidas para el giro e incorporación de los recursos que sobrepasen el cubrimiento del pasivo pensional territorial y lo relativo a las entidades territoriales con nula o baja incidencia del conflicto armado, a los que se refiere el
del artículo 361 de la Constitución Política adicionado por el Acto Legislativo 04 de 2017.