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Artículo 1

Ley 7 de 1986 · Por la cual se autorizan unas operaciones de endeudamiento interno y externo, se reviste de facultades extraordinarias al Presidente de la República y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ampliase la autorización concedida al Gobierno Nacional por el Decreto legislativo 382 de 1983 y por Leyes 34 de 1984 y 55 de 1985 para emitir, colocar y mantener en circulación Títulos de Ahorro Nacional, TAN, hasta por 49. 000 millones de pesos adicionales a los autorizados en dichos instrumentos.

Esta autorización comprende la facultad de emitir nuevos títulos para reemplazar los que sean amortizados por redención o recompra, con el fin de mantenerlos en circulación hasta por el monto total autorizado en esos instrumentos y en la presente Ley,

La determinación de las características financieras, la emisión, la colocación, la circulación, la negociación, la garantía y el servicio de los Títulos de Ahorro Nacional, TAN, que se autorizan por la presente Ley, se sujetarán a las reglas establecidas para los mismos fines en la Ley 34 de 1984 y a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 23 de la Ley 55 de 1985 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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