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Artículo 3

Este Decreto Será Comunicado Por Telégrafo Á Los Gobernadores, -Intendentes Y Comisarios Especiales, Y Publicado Por Bando En Los Municipios Y Corregimientos De La Jurisdicción De Los Mismos, Quienes Proveerán Inmediatamente Lo Conducente Á Este Fin

Decreto 739 de 1911 · por el cual se amplía el plazo señalado por el Decreto 263 de 13 de Marzo de este año.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Este Decreto será comunicado por telégrafo á los Gobernadores, -Intendentes y Comisarios Especiales, y publicado por bando en los Municipios y Corregimientos de la jurisdicción de los mismos, quienes proveerán inmediatamente lo conducente á este fin. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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