ARTICULO 80. Créase la Subdirección Nacional de Orden Público como una dependencia de la Dirección Nacional de Instrucción Criminal, con la siguiente estructura orgánica
Dirección Nacional de Instrucción Criminal.
Subdirección Nacional de Orden Público. 2.1. Direcciones Seccionales de Orden Público. 2.1.1. Secciones Jurisdiccionales. 2.1.2. Divisiones Administrativas.
El Consejo Nacional de Policía Judicial actuará como organismo asesor de la Jurisdicción Nacional de Orden Público.
El Ministerio Público y las Unidades Investigativas del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, tienen relación funcional con las Direcciones Seccionales de Orden Público.