JurídicoESEN

Artículo 11

Decreto 523 de 1905 · Por el cual se fijan unas asignaciones de los empleados nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 11. Los sueldos que no estén incluidos en el presente Decreto los liquidarán los Ministros respectivos, igualándolos á los similares. A los empleados que no figuren en el Presupuesto vigente se les señalará sueldo por decreto especial.

Parágrafo

Los empleados de las Secretarías departamentales de Gobierno y de Instrucción Pública, á cargo de la Nación, continuarán gozando de las mismas asignaciones que hoy tienen, hasta el día 14 de Junio del presente año. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 523 de 1905