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Artículo 1

Decreto 2255 de 2015 · por el cual se delegan unas funciones constitucionales.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, doctor Aurelio Iragorri Valencia, las funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:

1.

1. Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2°; 303, 304, 314 y 323.

2.

2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraor­dinarias concedidas al Presidente de la República.

3.

3. Artículos 163, 165 y 166.

4.

4. Artículos 200 y 201.

5.

5. Artículos 213,214 y 215.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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