Condiciones Básicas. Para el ejercicio de las funciones en calidad de Funcionario Especializado se aplicará lo previsto en el
del artículo 63 y en los artículos 79 a 82 de este decreto.
El funcionario especializado no podrá actuar en calidad de encargado de negocios en interinidad, pero si como "encargado de archivos" de una misión. Los terceros secretarios tendrán precedencia sobre los funcionarios especializados para actuar como encargados de los archivos. Precedencia