Son funciones de la Dirección General del Trabajo
Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las labores de las dependencias bajo su dirección;
Desarrollar la política del Gobierno en materia de relaciones colectivas e individuales de trabajo;
El Establecer normas y procedimientos para garantizar el cabal cumplimiento de las leyes reguladoras del derecho colectivo e individual de trabajo;
Proponer las modificaciones que se estimen convenientes a la legislación laboral, y
Ejercer las atribuciones que le confiera la ley o que le sean adscritas o delegadas.