Modifícanse las tarifas del Impuesto sobre las Ventas, establecidas en el artículo 6º del Decreto 3288 de 1963, en la siguiente forma: Las tarifas del 10% y del 8% se elevan al 15%, y la tarifa del 5% al 8%.
Se exceptúan de estas modificaciones las tarifas correspondientes a cigarrillos nacionales y chicles nacionales que quedarán al 10% y 3%, respectivamente. Las vajillas de fabricación nacional pagarán el 3%.