La declaratoria de rescisión de la carta de naturaleza no exime a quien la obtuvo de manera delictuosa de las sanciones penales que, de acuerdo con la legislación nacional, puedan corresponderle por los actos que ejecuto para adquirir dicha carta.
En caso de que el sindicado por esta causa se halle en país extranjero, el Gobierno podrá, de conformidad con los Tratados vigentes y con los principios y prácticas del Derecho Internacional, solicitar su extradición para juzgarlo.