Adiciónase el artículo 24 del Decreto 2666 de 1984, con el siguiente
Parágrafo
“
Parágrafo
No obstante lo dispuesto en el presente artículo, la intervención de un funcionario de la Controlaría General de la República en una operación aduanera se efectuará por razones legales y previa resolución motivada en cada caso”.