De cuáles son las sanciones. De conformidad con el Artículo 577 de la Ley 09 de 1979, las sanciones son entre otras
Amonestación;
Multas sucesivas hasta por una suma equivalente a diez mil (10.000) salarios diarios mínimos legales;
Cierre temporal o definitivo de la institución prestadora de servicios de salud o servicio respectivo.