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Artículo 1

º

Decreto 1287 de 1995 · por el cual se designa a los representantes de la república de Colombia ante la Corporación Andina de Fomento.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La representación de las acciones de la República de Colombia en la Corporación Andina de Fomento, estará a cargo del Ministro de Hacienda y Crédito Público, el Ministro de Desarrollo Económico, el Ministro de Comercio Exterior y el Gerente del Banco de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1287 de 1995