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Artículo 40

Cuando Un Funcionario Haya Sido Declarado En Situación De Disponibilidad, Conserva Su Carácter De Empleado Público Y Se Suspenden Las Obligaciones Reciprocas En Cuanto A Prestación Del Servicio Y A La Percepción De Los Salarios Y Las Prestaciones Sociales

Decreto 1745 de 1983 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos extraordinarios 2016 y 2017 de 1968

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando un funcionario haya sido declarado en situación de disponibilidad, conserva su carácter de empleado público y se suspenden las obligaciones reciprocas en cuanto a prestación del servicio y a la percepción de los salarios y las prestaciones sociales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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