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Artículo 19

Vicepresidencia De Banca Agropecuaria

Decreto 4895 de 2011 · Por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Banco Agrario de Colombia S.A. y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vicepresidencia de Banca Agropecuaria. La Vicepresidencia de Banca Agropecuaria es la dependencia responsable de planear, coordinar, dirigir, definir, ejecutar y controlar las estrategias comerciales agropecuarias y de microfinanzas para lograr un adecuado posicionamiento de la Entidad, logrando los objetivos de rentabilidad y crecimiento, mediante el ofrecimiento de productos y servicios financieros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4895 de 2011