Subsidio de Transporte. Los Agentes de la Policía Nacional. Tendrá derecho a un Subsidio de Transporte, en la cuantía que en todo tiempo determine el Gobierno. La Dirección General de la Policía Nacional, señalará el personal que se haga acreedor a este benefició.
Parágrafo
No tendrán derecho a pago por este concepto los Agentes a quienes se les suministre el transporte y no lo utilicen.