Los servicios que se presten a los ancianos indigentes serán completamente gratuitos y su ingreso a alguna institución no necesitará ninguna recomendación. Dentro de los treinta días siguientes a la solicitud, la institución comprobará la edad y la indigencia del anciano para su admisión definitiva mediante los siguientes documentos
Copia auténtica de la partida de nacimiento o registro civil.
Copia de la declaración de renta o patrimonio del anciano y de las personas o obligadas por Ley a darle alimentación o en su defecto, declaración juramentada de que el solicitante carece de recursos para su sostenimiento adecuado.