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Artículo 15

Modificar El Artículo 459 Del Decreto 2685 De 1999, El Cual Quedará Así: “ Artículo 459

Decreto 390 de 2009 · por el cual se modifica parcialmente y se adiciona el Decreto 2685 de 1999.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificar el artículo 459 del Decreto 2685 de 1999, el cual quedará así: “ Artículo 459. Zona de Régimen Aduanero Especial. El régimen aduanero especial establecido en este título se aplicará exclusivamente a las mercancías que se importen por el Puerto de Leticia, el Aeropuerto Internacional Vásquez Cobo y el paso de frontera entre Brasil y Colombia sobre la Avenida Internacional, en el departamento del Amazonas, para consumo o utilización en todo el departamento del Amazonas”.

Parágrafo

Los beneficios y las demás disposiciones referidas al municipio de Leticia, contempladas en el presente decreto se entenderán igualmente aplicables a todo el departamento del Amazonas”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 390 de 2009