Modifíquese una definición del artículo 11 de la Ley 143 de 1994 , el cual quedará así:
Artículo 11. Para interpretar y aplicar esta ley se tendrán en cuenta las siguientes definiciones generales:
(…)
Mercado mayorista: es el mercado de grandes bloques de energía eléctrica, en que vendedores y compradores intercambian energía y po¬tencia en el sistema interconectado nacional, con sujeción al Reglamen¬to de Operación.