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Artículo 33

Contratos: Salvo Disposición Legal En Contrario, Los Contratos Que Celebre La Gerencia Para El Cumplimiento Del Objeto Social De ¡a Corporación, No Estarán Sujetes A Las Formalidades Y Requisitos Que La Ley Exige Para Los De La Nación, Y Sus Cláusulas

Decreto 591 de 1977 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana, S. A.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contratos: Salvo disposición legal en contrario, los contratos que celebre la Gerencia para el cumplimiento del objeto social de ¡a corporación, no estarán sujetes a las formalidades y requisitos que la ley exige para los de la Nación, y sus cláusulas .serán las usuales para los contratos entre particulares. Sin embargo, en los términos del Decreto-ley 150 de 1976, podrá pactar el derecho a declarar administrativamente la caducidad de cualquier contrato y, cuando a ello hubiere lugar, deberá el Gerente incluir las prescripciones del caso sobre la renuncia a reclamación diplomática por parte del, contratista extranjero. El Gerente dará aplicación en la celebración de contratos, en lo pertinente, a. la sección sexta del citado i decreto y demás disposiciones concordantes. CAPITULO VI Capital social, acciones y accionistas.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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