El solicitante de la Visa Temporal Ordinaria Socio, además, deberá presentar
Certificado de la Cámara de Comercio en el que conste la existencia del establecimiento de comercio o de la sociedad de la cual hace parte el extranjero. Si se trata de una sociedad anónima también deberá adjuntarse certificado de la composición accionaria suscrita por el revisor fiscal. Para la autorización de esta visa, el Ministerio de Relaciones Exteriores tendrá en cuenta la actividad que desarrolla la empresa o el establecimiento de comercio, su interés social y su capacidad económica.
Copia auténtica de los balances de la empresa o del establecimiento de comercio y/o declaración de renta.