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Artículo 7

º

Decreto 899 de 1999 · Por medio del cual se fijan las políticas para el fomento de los Programas de Telefonía Social y se reglamentan las funciones del Fondo de Comunicaciones en la materia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Contenido de los Programas: Los Programas de Telefonía Social, en cumplimiento de los lineamientos establecidos en el presente decreto, contendrán entre otros aspectos, los siguientes: evaluación de la ejecución de los planes anteriores, análisis de demanda de servicios, metas de cubrimiento, metodología de priorización de necesidades, estimativos de costos de los proyectos a emprender, proyecciones de ingresos disponibles, modalidades contractuales de los proyectos y clases de servicios a prestar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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