JurídicoESEN

Artículo 934

Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El testamento verbal se consigna en decreto judicial mediante las formalidades establecidas en los artículos 1094 a 1906 del Código Civil, y a petición del interesado que presente la prueba de la muerte del testador.

INVENTARIOS Y AVALÚOS.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 105 de 1931