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Artículo 1

Decreto 2834 de 1962 · por el cual se adiciona la planta de personal del Ministerio de Educación Nacional (División de Educación Elemental y Alfabetización, Grupo de Protección Escolar).

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Adiciónase la planta de personal del Ministerio de Educación Nacional con los cargos que a continuación se indican: RAMA TECNICA División de Educación Elemental y Alfabetización Grupo de Protección Escolar Grupo para Antioquia, Caldas y Chocó: Clases de cargos Grados ocupacionales 1 Médico de Salud pública II 11 3 Médicos Cirujanos V (4 horas) 11 3 Odontólogos V (4 horas) 11 1 Educador Sanitario I 9 1 Enfermera II 8 4 Auxiliares de Enfermería II 3 Grupo para Córdoba, Bolívar, Atlántico, Magdalena y Guajira: 1 Médico de Salud Pública II 11 2 Médicos Cirujanos V (4 horas) 11 2 Odontólogos V (4 horas) 11 1 Enfermera II 8 3 Auxiliares de Enfermería II 3 Grupo para Santander, Norte de Santander, Boyacá y Arauca: 1 Médico de Salud pública II 11 2 Médicos Cirujanos V (4 horas) 11 2 Odontólogos V (4 horas) 11 1 Educador Sanitario I 9 1 Enfermera II 8 3 Auxiliares de Enfermería II 3 Grupo para el Distrito Especial, Cundinamarca, Tolima, Huila, Meta y Territorios Surorientales: 1 Médico de Salud Pública II 11 2 Médicos Cirujanos V (4 horas) 11 2 Odontólogos V (4 horas) 11 1 Enfermera II 8 3 Auxiliares de Enfermería II 3

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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