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Artículo 2

Ley 31 de 1975 · Por la cual se modifica la Ley 20 de 1944 y se toman otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Modifícase el artículo segundo de la Ley 20 de 1944 , así:

El objetivo fundamental de la Compañía Nacional de Navegación S. A. es el de la explotación del transporte por agua en los sectores fluvial y marítimo y operará como instrumento esencial del Gobierno en: activar la incorporación de los territorios nacionales a la vida económica del país y estimular el comercio con las naciones limítrofes, intensificando y regularizando sus servicios fluviales y ejerciendo el derecho soberano de libre navegación en los ríos fronterizos y comunes, contribuir al desarrollo de las regiones costaneras facilitando el intercambio de productos entre los dos litorales atlántico y pacífico por medio de sus servicios de cabotaje; ser instrumento de la participación colombiana en el desenvolvimiento industrial y comercial con inversión multinacional en la Orinoquia y en la Amazonia y participar en el fomento del comercio exterior a través de sus líneas internacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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