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Artículo 6

Ley 19 de 1958 · Sobre reforma administrativa

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con lo dispuesto por la Reforma Constitucional que recibió su aprobación en el Plebiscito del 1° de diciembre de 1957, se organizará el Servicio Civil y la Carrera Administrativa. Para estos efectos el Gobierno adoptará las medidas a que se refieren los artículos siguientes:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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