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Artículo 13

El Consejo Presentará Cada Año Al Gobierno Un Informe Que Contenga Los Datos Completos Y Detallados Que Muestren El Resultado De La Explotación De Los Ferrocarriles Y De Su Marca General

Decreto 1695 de 1931 · Por el cual se reglamenta la Ley 29 de 1931, sobre reorganización de los ferrocarriles nacionales y creación del Consejo Administrativo de los mismos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Consejo presentará cada año al Gobierno un informe que contenga los datos completos y detallados que muestren el resultado de la explotación de los ferrocarriles y de su marca general.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1695 de 1931