º. Para obtener el permiso de que trata la última parte del artículo anterior, se requiere llenar los siguientes requisitos: Aducir declaraciones recibidas con las formalidades legales ante un funcionario de higiene con jurisdicción, a tres médicos graduados, para establecer que el solicitante ha ejercido como farmaceuta competente y honorable durante cinco años, por lo menos, y que en el último año ejerció como director de un establecimiento de notoria competencia.
El funcionario que reciba las declaraciones debe certificar sobre la idoneidad de los testigos y el hecho de ser médicos graduados. Tanto las declaraciones como el certificado serán a costa del interesado, cobrándose el emolumento de que habla el artículo 565 del Código Judicial.