Conforme al
del Artículo 6o. del decreto número 2814 de 1968, los planes y proyectos de reorganización general o parcial de la empresa se someterán para su revisión y concepto a la secretaria general de organizaciones e inspección de la Presidencia de la República. Los contratos que con el mismo objeto se proyectó celebrar, deberán contar con el concepto favorable de la misma secretaria. Capitulo VII Del personal