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Artículo 2

Ley 28 de 1958 · por la cual se auxilia la reconstrucción del templo parroquial de Puebloviejo (Boyacá)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tal suma se incluirá por mitad a la Ley de Apropiaciones de las dos próximas agencias y se pagará a la Parroquia de Puebloviejo (Boyacá).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 28 de 1958