JurídicoESEN

Artículo 2

Por El Ministerio Del Tesoro Se Dará Oportuno Cumplimiento Á Lo Dispuesto En El Artículo 6

Decreto 670 de 1911 · Por el cual se abre un crédito suplemental al Presupuesto nacional de gastos del año económico de 1911, imputable al departamento de la Deuda Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Por el Ministerio del Tesoro se dará oportuno cumplimiento á lo dispuesto en el artículo 6.° de la Ley 19 de 1894.

Parágrafo

Las oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 670 de 1911