Las disposiciones de este reglamento se aplicarán al personal de oficiales, suboficiales y soldados, en servicio activo, de las Fuerzas Militares.
Parágrafo 1
Los prisioneros de guerra estarán sujetos a las normas del Derecho Internacional Humanitario.
Parágrafo 2
Los alumnos de las escuelas de formación de oficiales y suboficiales se regirán por el Reglamento Académico y Disciplinario propio de la respectiva escuela.