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Artículo 34

Cuando Por Causas Ajenas Al Funcionario No Le Haya Sido Posible Prestar Sus Servicios En El Exterior O Regresar A La Planta Interna Para Cumplir Con La Alternación, Tal Circunstancia No Afectará Su Ascenso, Cuando A Ello Tuviere Derecho

Decreto 1479 de 1990 · por el cual se reglamenta el Decreto-ley 2016 de 1968, Orgánico del Servicio Diplomático y Consular de la República.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando por causas ajenas al funcionario no le haya sido posible prestar sus servicios en el exterior o regresar a la planta interna para cumplir con la alternación, tal circunstancia no afectará su ascenso, cuando a ello tuviere derecho.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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