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Artículo 2.3.3.5.2.3.14

Rendición De Cuentas

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Rendición de Cuentas. Con el propósito de promover la transparencia y participación democrática en la educación, todas las instancias que intervienen en la implementación de la presente sección deberán informar y explicar a la comunidad educativa, en las actividades programadas de rendición de cuentas, acerca de las decisiones y acciones adelantadas, la gestión de los recursos (humanos, físicos, financieros y tecnológicos) asignados para la atención a la población con discapacidad, los resultados obtenidos y el contexto en el que se desarrollaron.

Las organizaciones de la sociedad civil, las de personas con discapacidad y las familias ejercerán sus funciones de veeduría al cumplimiento de lo ordenado en la presente sección para las diferentes entidades

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1075 de 2015