° Los Mensajeros de correos que paga la Nación figurarán en adelante como miembros de la Gendarmería, con sus sueldos actuales y con la jerarquía que el Reglamento de la misma les designe.
La partida asignada en el Presupuesto para el pago de los sueldos de que trata este artículo será trasladada del Departamento de Gobierno al de Guerra y adscrita á este.