º. La Dirección Administrativa, Financiera y Técnica del Comisariato Central de las Fuerzas Armadas estará a cargo del Cuartel Maestre General de las Fuerzas Armadas, con su Junta Consultiva, y de un Gerente General. Para el debido cumplimiento de este Artículo, el Comisariato tendrá además un Subgerente. Los estatutos fijarán sus funciones.
Tanto el Gerente General del Comisariato Central como el Subgerente serán oficiales en servicio activo de las Fuerzas Armadas y de libre nombramiento y remoción del Ministro de Guerra.