°. El Fondo designará los funcionarios y el personal a cuyo cargo deba quedar la realización de las actividades que le corresponden, tanto técnicas como administrativas, y les fijará sus asignaciones.
El personal que depende del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, forma parte de la Rama Ejecutiva del Poder Público Nacional y estará sujeto, por lo tanto, a las disposiciones que reglamentan el Servicio Civil y la Carrera Administrativa.