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Artículo 63

Las Estaciones Aeronáuticas De Punto A Punto No Podrán Usar Más De Un Kilovatio De Poder, En Frecuencias Superiores A 1500 Kilociclos

Decreto 1044 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 198 de 1936

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las estaciones aeronáuticas de punto a punto no podrán usar más de un kilovatio de poder, en frecuencias superiores a 1500 kilociclos.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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