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Artículo 4

Departamento Central

Decreto 300 de 1925 · Por el cual se aprueba el Reglamento orgánico del Ministerio de Guerra

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Departamento Central

a)

Expedición de decretos y resoluciones que correspondan al ramo y su transmisión a las Unidades del Ejército.

b)

Ordenación de pasaportes, salvoconductos, etc.;

c)

Todo lo relacionado con las Legaciones extranjeras y agregados militares;

d)

Mensajes, memorias e informes al Congreso;

e)

Asuntos relacionados con la prensa nacional y extranjera;

f)

Medidas de orden público que correspondan al Ministerio;

g)

Recepción y repartición de todos los trabajos de carácter general a cada uno de los Departamentos y

h)

Secciones dependientes del Ministerio, sin constituirse en intermediario entre los Departamentos y

i)

Secciones independientes y el Despacho del Ministro;

j)

Asuntos generales relativos a institutos militares y cuestiones internas del Ministerio;

k)

Estudio y resolución en lo relativo a permisos para la estación de buques extranjeros de guerra en aguas de la Nación.

l)

Atender todo lo relacionado con posesiones; ll) Nombramiento de comisiones administrativas para el Ministerio; Expedición de copias y certificados sobre negocios adscritos a los Departamentos y Secciones;

m)

Arreglo de la memoria de guerra con los datos de los Departamentos y Secciones;

n)

Recibir, clasificar y repartir la correspondencia que llegue al Ministerio; Designación de Oficiales del Ministerio para presenciar revistas de instrucción de las diferentes armas; ñ) Concesión de permisos a todo el personal del Ejército, a excepción de las facultades reglamentarias otorgadas a los diferentes Comandos; y

o)

Armonizar las disposiciones del Ministerio, de manera que no se opongan unas a otras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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