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Artículo 12

Tarifa De Conexión Del Servicio No-Residencial

Decreto 700 de 1990 · por el cual se reglamenta el Decreto-ley 3069 de 1968 y la Ley 81 de 1988 y se establece una estructura nacional de tarifas para el servicio de gas natural.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tarifa de conexión del servicio no-residencial. La tarifa de conexión al servicio no - residencial dependerá de la capacidad del medidor en M 3 /Hora y su valor se reajustará cada vez que se aumente la capacidad del mismo, a los valores vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 700 de 1990